#PLANRENHATA2021 - REFORMAS EN VIVIENDAS - AYUDAS AUTONÓMICAS Y ESTATALES - AYUDAS I.E.E Y REHABILI
El 04 de febrero DE 2020 #CERTASVAL asistió a la presentación en CEVISAMA de la convocatoria de ayudas a la rehabilitación correspondientes al Plan Renhata 2020 habitabilidad para cocinas, baños y accesibilidad, así como el Plan de fomento del IEEV.CV (#INFORMEDEEVALUACIÓNDELEDIFICIO) , así como el programa de Ayudas de Rehabilitación del Plan de Vivienda Estatal ,a través de Jefe de Servicio de Rehabilitación. GVA D. Javier Peñarrocha Gantes.
Dicho evento tuvo lugar en el Salón de Actos - edificio Foro Norte de Feria Valencia. Las ayudas del Plan de la Vivienda y las centradas en el IEE mantendrán las mismas características de convocatorias anteriores y se publicarán en las próximas semanas sin fecha determinada cuando amaine el problema de salud que padece nuestro país respecto al COVID-19 (CORONAVIRUS).
Aunque planificar con antelación las necesidades de cada vivienda o comunidad para solicitarlas con antelación ya que hay un presupuesto fijo marcado donde cuando se acaba se deja de seguir prestando dichas ayudas.
Pero el programa del #PlanRenhata2021 y #ayudasIEE2021 - #ayudasinformeevaluacionedificio - #IEECV de reforma de cocinas, baños y accesibilidad mantendrá las novedades implantadas en 2020 como las mencionadas a continuación :
- Podrán presentarse obras no finalizadas, iniciadas o no, que deberán terminarse en seis meses desde la resolución de concesión de la ayuda. Además, se incluirán ayudas para la instalación de sistemas de domótica que mejoren la autonomía y accesibilidad de los habitantes con discapacidad o mayores de 70 años. Y se incorporarán criterios de sostenibilidad para la adjudicación, valorándose etiquetados ambientales, certificaciones de gestión forestal o control de consumo de agua y energía en los productos empleados. La publicación de esta convocatoria se prevé a partir del mes abril aunque como he mencionado la situación actual puede demorar fácilmente los plazos previstos hasta mínimo Mayo
En dicha presentación se avanzaron las nuevas AYUDAS ECONÓMICAS A LA REHABILITACIÓN - 2020.
AYUDAS PARA LOS CIUDADADOS
1) PLANES PROPIOS GVA
Plan Renhata, de reforma interior de viviendas Fomento del Informe de Evaluación de los Edificios de Valencia - #IEEVALENCIA
2) PLAN ESTATAL DE VIVIENDA
Eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas Conservación y mejora de utilización de viviendas
PLAN DE REFORMA INTERIOR DE VIVIENDAS
1.- ¿Cuáles son las Bases reguladoras de la solicitud de ayudas del Plan Renhata 2020?-EN TRAMITACIÓN:
ORDEN /2020 , de laConsellería de Vivienda y Arquitectura bioclimática, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la mejora de las condiciones del interior de las viviendas, en el marco del Plan de reforma interior de vivienda Plan Renhata.
2.- ¿Cuál es Convocatoria que contempla las ayudas del Plan Renhata 2020?
Próxima convocatoria según Resolución correspondiente.
3.- ¿Cuál es el objetivo de las ayudas del Plan Renhata 2020?
El objetivo de este Plan Renhata 2020 es poder facilitar la intervención en el interior de las viviendas, para mejorar su estado de conservación, especialmente en cocinas y baños, y mejorar la accesibilidad en toda la vivienda.
Con todo ello se pretende dinamizar el sector de la construcción y de producción de materiales en la Comunidad Valenciana.
4.- ¿Cuáles son las actuaciones subvencionables del Plan Renhata 2020?
Reforma de los cuartos húmedos (cocinas, baños, aseos, lavaderos) para adecuarlos a las condiciones actuales de habitabilidad, incluyendo si es necesario la adaptación de las instalaciones a la normativa vigente.
1) Reforma de la vivienda para adaptarla a personas con diversidad funcional y movilidad reducida:
2) Ampliación de espacios de circulación, cambio de puertas, instalación de señales acústicas o luminosas.
3) Instalación de sistemas integrados de domótica, que mejoren la accesibilidad y la autonomía en el uso de la vivienda, a personas con diversidad funcional y movilidad reducida.
5.- ¿Quiénes son los beneficiarios para solicitar las ayudas del Plan Renhata 2020?
Para actuaciones subvencionables tipo 1 y 2: propietario/a, usufructuario/ao arrendatario/a de la vivienda.
Para actuaciones subvencionable tipo 3: cualquier persona física propietaria, usufructuaria o arrendataria de una vivienda situada en la Comunidad Valenciana, con diversidad funcional con un grado de discapacidad superior al 33 % o mayores de 70 años.
6.- ¿Cuáles son las condiciones que deben de disponer las viviendas para de solicitar las ayudas del Plan Renhata 2020?
- Vivienda de antigüedad superior a 20 años, salvo en caso de actuaciones de adaptación de la vivienda para personas con diversidad funcional con grado de discapacidad > 33 % o mayores de 70 años.
- Debe ser residencia habitual de sus propietario/a, inquilino/a u usufructuario/a. (Emplazamiento con anterioridad a la solicitud de la ayuda).
7.- ¿Cuáles son las condiciones que deben de tenerse en cuenta a la hora de solicitar las ayudas del Plan Renhata 2020?
- Las obras podrán estar terminadas en el momento de la solicitud o, como máximo, en el plazo de 6 meses contados a partir del día siguiente de la fecha e la publicación en el DOGV de la resolución de concesión de ayudas.
- En el momento de la solicitud la persona solicitante de las ayudas indicará si las obras están acabadas o pendientes de iniciar o terminar.
- La fecha de inicio de las obras para las que solicita las ayudas deberá ser posterior a la fecha que se indique en la correspondiente convocatoria.
- La fecha de terminación de las obras para las que se solicita las ayudas deberá ser posterior a la fecha que se indique en la correspondiente convocatoria.
- La actuación contará con las licencias necesarias y requeridas por las administraciones correspondientes.
8.- ¿Cuál es el presupuesto mínimo y máximo a la hora de recibir las ayudas del Plan Renhata 2020? - mínimo 2.000 €, salvo en actuaciones de adaptación de viviendas para personas con un grado de discapacidad 33 % o mayores de 70 años.
- máximo 12.000 €, con independencia del presupuesto real de las obras que puede ser mayor.
El presupuesto protegible podrá incluir:
Coste de las obras.
- Todo lo considerado como obra civil, es decir tabiquería, revestimientos, sanitarios, grifería, muebles de cocina y baños (solo el del lavabo) e instalaciones. No se incluyen electrodomésticos, calderas, calentadores, placa de cocción, horno o extractor de humos.
- Como sistemas integrados de domótica subvencionables, en función de las necesidades de autonomía, seguridad o cuidado de personas ocupantes, se podrá incluir, entre otros, los sistemas de monitorización y control remoto de puertas y equipos electrónicos, puesta en marcha de los mismos de forma conjunta y realización de actividades a distancia, los sistemas de activación y desactivación de cualquier equipo del domicilio con un comando de voz, la colocación de cámaras en el interior de la vivienda que permiten informar visualmente del estado de la persona dependiente y los sistemas de detección y alarma de incendios.
Honorarios de los profesionales (máx. 5% coste de las obras).
Tasas e impuestos
9.- ¿Cuál es la compatibilidad en una vivienda a la hora de solicitar las ayudas del Plan Renhata 2020?
Con convocatorias anteriores del Plan Renhata, siempre que sumando a los anteriores presupuestos protegidos no superen 12.000€, aunque el presupuesto real sea mayor.
10.- ¿Qué criterios de baremación considera el Plan Renhata 2020, para recibir las ayudas económicas?
Mediante concurrencia competitiva. Para la determinación de la cuantía y la adjudicación se valorará la calidad constructiva catastral de la vivienda y el grado de discapacidad del ocupante de la vivienda.
a) En función de la categoría catastral de la vivienda:
b) En función del grado de discapacidad del ocupante de la vivienda: la categoría catastral de la vivienda
11.- ¿Qué tipo y cuantías de las ayudas son a cargo de la GVA?
a) Una subvención básica, para todos los solicitantes que cumplan los requisitos para recibir las ayudas y aporten toda la documentación requerida, del 5 % del presupuesto de las obras con un máximo de 600 €.
b) Una subvención adicional primera, en función de los puntos obtenidos en la baremación de las solicitudes con los porcentajes y las cuantías máximas indicadas en el siguiente cuadro:
c) Una subvención adicional segunda, en función de los puntos obtenidos para las actuaciones que cumplen con los criterios de sostenibilidad, con los porcentajes y las cuantías máximas indicadas en el siguiente cuadro:
Las subvenciones reguladas en b) y c) sólo se concederá a las solicitudes que, una vez según ordenadas según los criterios de baremación, agoten la partida presupuestaria destinada a estas ayudas una vez descontado el importe de las subvenciones básicas concedidas. 12.- ¿Cuáles son los nuevos criterios de sostenibilidad que contempla el Plan Renhata 2020?
a) Colocación de puertas realizadas empleando maderas que provengas de gestión forestal sostenible (con certificación PEFC-SFC o certificado o declaración equivalente) y/o tableros derivados de la madera con Marcado CE SEGÚN LA NORMA une en - 13986, donde se declare la emisión de formaldehido clase E-1 = 1 punto.
b) Amueblamiento de cocina realizado empleando maderas que provengan de gestión forestal sostenible con (certificación PEFC, SFC o certificado o declaración equivalente) y/o tableros derivados de la madera con Marcado CE según la norma UNE-EN 13986, donde se declare la emisión de formaldehido clase E-1 = 3 puntos.
c) Instalación, en cocinas y baños (fregadero, lavabo, bidé), de griferías de apertura siempre en frio y/o de apertura en dos fases, dotadas en todo caso de aireadores o perlizadores: 1 punto.
d) Instalación de cisternas de inodoro con volumen de descarga máximo de 6 litros y dispositivos de doble descarga = 1 punto.
e) Colocación de revestimientos cerámicos en paredes con producto que disponga de etiquetado ambiental Tipo I, conforme a la norma UNE-EN ISO 14024: 2 puntos.
f) Colocación de revestimientos cerámicos en suelos con producto que disponga de etiquetado ambiental Tipo I, conforme a la norma UNE-EN ISO 14024 = 2 puntos.
g) Colocación de revestimientos cerámicos en paredes con producto que disponga de etiquetado ambiental Tipo IIII (Declaración ambiental de producto, DAP), conforme a la norma UNE-EN ISO 14025: 1 punto.
h) Colocación de revestimientos cerámicos en suelos con producto que disponga de etiquetado ambiental Tipo IIII (Declaración ambiental de producto, DAP), conforme a la norma UNE-EN ISO 14025: 1 punto
13.- ¿Cómo se realiza la tramitación de la solicitud, para las ayudas económicas del Plan Renhata 2020?
Solicitud telemática (vía web GVA)
1. La solicitud la tramitará un Técnico Competente (colegiado en su colegio profesional correspondiente (Arquitecto Técnico)).
Una vez publicada la orden, los técnicos interesados podrán adherirse a la convocatoria, mediante el trámite telemático dispuesto a tal efecto.
2. El solicitante seleccionará al técnico que desee, siempre que éste se adhiera a la convocatoria.
3. En el caso de obra no iniciada o sin terminar, junto a la solicitud se aportara: - Declaración responsable sobre si ha recibido o solicitado otras ayudas (impreso normalizado).
- Fotografías del estado de las partes de la vivienda a reformar objeto de ayuda antes de la actuación.
- Documento que acredite la titularidad de la vivienda: (Nota simple del Registro de la Propiedad, escritura de Compraventa u otros).
- Autorización del propietario al inquilino o usufructuario de la vivienda, a realizar las obras, en el caso de que no sea el propietario el solicitante de las ayudas.
- Autorización del solicitante a que el técnico colaborador realice la solicitud telemática.
- Presupuesto detallado de las obras desglosado por unidades de obra, con mediciones y aplicación de precios.
- Plano esquemático acotado de las partes de la vivienda, antes y después de realizar las obras.
- Impreso normalizado de domiciliación bancaria designado la cuenta para el ingreso de las ayudas.
- Descripción de las obras redactada por el técnico colaborador, indicando la fecha de inicio y detallando, cuando corresponda, las actuaciones previstas de sostenibilidad y/o los sistemas integrados de domótica subvencionables.
4. En el caso de obra ya finalizada, junto a lo solicitud se aportará:
- Declaración responsable sobre si ha recibido o solicitado otras ayudas (impreso normalizado).
- Fotografías de las actuaciones realizadas en la vivienda.
- Documento que acredite la titularidad de la vivienda: (Nota simple del Registro de la Propiedad, escritura de Compraventa u otros).
- Autorización del propietario al inquilino o usufructuario de la vivienda, a realizar las obras, en el caso de que no sea el propietario el solicitante de las ayudas.
- Autorización del solicitante a que el técnico colaborador realice la solicitud telemática.
- Presupuesto detallado de las obras desglosado por unidades de obra, con mediciones y aplicación de precios.
- Plano esquemático acotado de las partes de la vivienda, antes y después de realizar la obra.
- Licencias o autorizaciones municipales que sean precisas para la realización de las obras.
- Facturas acreditativas del gasto a nombre del solicitante de las ayudas y documentos bancarios que acrediten que los abonos se han efectuado a través de una entidad financiera y no mediante pago en metálico.
- Impreso normalizado de domiciliación bancaria designado la cuenta para el ingreso de las ayudas.
- Descripción de las obras redactada por el técnico colaborador, que se justifique que las obras están acabadas indicando fecha de inicio y finalización, y que cumplen con la normativa vigente alcanzando como mínimo las Condiciones Básicas dey reglamentarias establecidas en el documento reconocido DBR 11/15. Guía de Condiciones Básicas de la Vivienda Existente. Así mismo, en su caso, descripción de las actuaciones de sostenibilidad y/o los sistemas integrados de domótica subvencionables.
5. En el caso de obra no iniciada o sin terminar
Se aportará la “Solicitud de Calificación Definitiva y abono de las ayudas”, una vez terminadas las obras y antes de que venza el plazo de 6 meses contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación en el DOGV de la resolución de concesión de ayudas. Deberá acompañarse de la documentación que a continuación se relaciona:
- Licencias o autorizaciones municipales que sean precisas para la realización de las obras de rehabilitación.
- Facturas acreditativas del gasto a nombre del solicitante de las ayudas y documentos bancarios que acrediten que los abonos se han efectuado a través de una entidad financiera y no mediante pago en metálico.
- Testimonio fotográfico de las actuaciones realizadas.
- Autorización del solicitante a que el técnico colaborador realice la solicitud telemática.
- Descripción de las obras redactada por el técnico colaborador, que se justifique que las obras están acabadas indicando fecha de inicio y finalización, y que cumplen con la normativa vigente alcanzando como mínimo las Condiciones Básicas dey reglamentarias establecidas en el documento reconocido DBR 11/15. Guía de Condiciones Básicas de la Vivienda Existente. Así mismo, en su caso, descripción de las actuaciones de sostenibilidad y/o los sistemas integrados de domótica subvencionables.
14.- Aspectos a tener en consideración a la hora de tramitar las ayudas económicas del Plan Renhata 2020
Junto a la Solicitud se aportará :
En aquellos supuestos en los que los solicitantes manifiesten su oposición a que la Administración recabe electrónicamente la documentación necesaria para la tramitación del expediente, deberán aportar, además:
- NIF o CIF de la parte solicitante
- Certificación e empadronamiento en la vivienda objeto de las ayudas
- Certificados de la Agencia Tributaria, de la Consellería de Hacienda y Modelo económico y de la tesorería General de la Seguridad Social, de estar al corriente en sus obligaciones. o Certificado del grado de discapacidad del ocupante de la vivienda.
15.- ¿Qué plazos contempla a la hora de tramitar las ayudas económicas del Plan Renhata 2020?
- Presentación de la solicitud de ayuda: plazo indicado en la correspondiente convocatoria
- Publicación del listado de solicitudes admitidas y las que requieren subsanaciones: 2 meses desde el cierre del plazo para presentar solicitudes.
- Presentación de subsanaciones: 10 días hábiles.
- Publicación de la resolución de concesión de ayudas: 6 meses desde la publicación de la convocatoria. 16.-Enlaces de interés:
Enlace a la web de la Conselleria con toda la información sobre las ayudas y su tramitación telemáticamente: Web HABITATGE ayudas RENHATA
17.-Teléfonos de información GVA:
mail: ajudesrehabilitacio@gva.es
Alicante - 965 936 775
Castellón - 964 333 752
Valencia - 963 426 694
18.-Documentos y herramientas GRATUITAS, de interés para los técnicos colaboradores:
Guía sobre las condiciones básicas de la vivienda existente
Extracto de esta Guía, relativo a las condiciones reglamentarias y básicas a tener en cuenta en la obras que solicitan ayudas. Contiene una propuesta de hojas de chequeo:
Presupuesto estimado de obras de reforma (herramienta on-line):
Base de Datos de Construcción IVE 2018 (visor on-line)
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