CERTIFICADO DE CAMBIO DE TITULARIDAD DE LICENCIA DE ACTIVIDAD/PROYECTOS DE APERTURA
El cambio de titularidad de licencia de actividad es un tipo de trámite que es necesario cuando el titular del negocio cambia pero el negocio se mantiene. Por ejemplo, al traspasar o heredar un local, una oficina, un bar o una nave, donde el nuevo titular va a continuar el negocio.
Se necesita porque la licencia antigua ya no está a nombre de la misma persona y ha habido un cambio de propiedad.
Se ha de solicitar un mes antes de que el nuevo titular comience a ejercer la actividad.
La tra,mitación se realizará de forma presencial y/o por internet, dependiendo del ayuntamiento.Sólo debe cambiar la titularidad. Y se tienen que cumplir los siguientes requisitos :
Que no cambie la actividad.
Que no se realicen obras.
Que no se hayan modificado las condiciones de la licencia que tenía concedida el anterior titular. Por ejemplo, la licencia vieja se concedió hace bastantes años y entonces la normativa era otra. Si el local sigue en las mismas condiciones, en la actualidad no cumple la normativas así que el tipo de trámite que se necesita es una nueva Licencia de actividad.
Que no se hayan modificado las instalaciones y continúen las mismas condiciones de los proyectos o certificados anteriores.
Pasos a seguir:
Es bueno que el nuevo titular se informe en el ayuntamiento sobre la propiedad que va a adquirir.
Pago de tasas.
Solicitud.
Notificación al solicitante
Documentación necesaria:
Instancia-formulario normalizada.
Fotocopia del NIF/DNI
Acreditación de representación, en su caso, tanto a título particular, legal o profesional. Se entrega cuando el nuevo titular delega en otra persona para hacer el trámite.
Copia del documento de ingreso de la tasa.
Comunicación - Declaración en la que se manifieste la cesión de los derechos de la licencia, que no ha habido modificación de la obra, actividad ni de instalaciones y que se mantienen las condiciones recogidas en Proyectos o Certificados referidos anteriormente, con firma del titular de la licencia y del nuevo solicitante que desea la titularidad.
Escritura del testamento o declaración de herederos en caso de herencia.
Planos: de emplazamiento del establecimiento a escala 1:500 y de planta a escala 1:50, actuales y firmados por Técnico competente.
Declaración de conformidad del anterior titular de la licencia y copia de su Documento Nacional de Identidad. Si es persona jurídica, justificación de la conformidad por parte de representante legal con acreditación de su condición.
Declaración/certificación firmada por Técnico competente acreditativa de que el establecimiento cuenta con los niveles de aislamiento exigibles de conformidad con la normativa sectorial aplicable, en caso de solicitar cambio de titularidad de establecimiento de hostelería.
Seguro de responsabilidad civil
Documentación adicional, en su caso (certificaciones técnicas de las instalaciones, exigencias de la normativa sectorial aplicable, etc.).
Si el/la solicitante es extranjero no comunitario, copia del permiso de residencia y trabajo por cuenta propia.
Comprobación documentación presentada al ayuntamiento por los técnicos municipales donde el proceso de verificación será el siguiente :
- Comprobación de la documentación presentada. En caso de resultar incompleta o insuficiente, requerimiento al/a la interesado/a por correo certificado con acuse de recibo (en el domicilio señalado a efectos de notificaciones en la instancia) para completar dicha documentación. El requerimiento concede un plazo de DIEZ DIAS hábiles para su cumplimiento. Transcurrido dicho plazo se produce el archivo de las actuaciones practicadas.
- Una vez completada la documentación, valoración por el Servicio de Policía Administrativa y Actividades Clasificadas y otros Servicios Técnicos Municipales, en su caso. Emitido/s Informe/s al respecto en su caso, si el/los Informe/s técnico/s es/son favorable/s, se emite la declaración de conformidad solicitada (Concejal Delegado de Medio Ambiente).
- Si alguno de ellos es desfavorable y resulta posible subsanar las deficiencias observadas, se realiza un requerimiento al/a la interesado/a a tales efectos. Si no es posible dicha subsanación, se tendrá por no efectuada válidamente dicha comunicación de cambio de titularidad / no se emitirá la declaración de conformidad.
- El silencio administrativo se produce por el transcurso de UN (1) MES desde la solicitud, con sentido positivo (estimatorio en ausencia de contestación expresa), si bien los requerimientos interrumpen el plazo para resolver (Ley 30/1992, de 26 Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común).
Coste
Será el precio de la tasa urbanística que imponga el ayuntamiento que será distinta según el municipio en el que nos encontremos y los honorarios del técnico que actua en representación del titular de la actividad para llevar a cabo toda la gestión.
El coste de la trámitación para obtener el cambio de la titularidad suele oscilar en 300 euros