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CERTIFICADO SEGURIDAD DE SUPERPOSICIÓN DE PAVIMENTO

  • ALAIN AGUILAR QUINTANA
  • 22 mar 2018
  • 2 Min. de lectura

Cuando nos encontramos en reformas de viviendas ya sean totales o parciales en edificios plurifamiliares como cambios de pavimento, redistribuciones de tabiqueria, reformas de baños y cocinas, es muy habitual que en las presentaciones de las declaraciones responsables menores o mayores según sea el caso si ademas hay refuerzo estructural, modificación fachada en su aspecto, ya sean obras declaradas legalmente u obras declaradas con posterioridad ya que se encuentra inmersa en un expediente de legalización por no haberlas legalizado en su momento, que los ayuntamientos de los municipios a los cuales se les presenta dicho trámite de declaración responsable, este les exija un certificado de superposición de pavimento si efectivamente como se haya declarado en la valoración o partida presupuestaría se ha dispuesto de un solado nuevo que a su vez incrementa las cargas de las ya existentes, ya que se superpone o se pone encima de uno ya existente no retirando el primario por causas de buen estado,planeidad como son por ejemplo los suelos de terrazo en edificaciones antiguas ya que permiten trabajar sobre el nuevo de una manera fácil y comoda y mas barata que tener que retirarlo,poner posiblemente un mortero autonivelante para luego poner el solado de acabado o remate.

Además deberemos asegurar a parte de la estabilidad estructural la conservación o acondicionamiento acústico anterior, es decir que el comportamiento acústico que tenia antes de ser dispuesto el solado no se vea mermado en forma de perdida de acustica o resistencia del elemento en su conjunto bajando la capacidad de absorción acústica.Por ello deberemos d eestudiar cuantos decibelios aislaba antes y cuantos decibelios aisla despues con la nueva disposición constructiva.

Es importante un chequeo y una inspección visual con toma de fotográfias para saber exactamente los materiales que hay y que s ehan dispuesto para a la hora de certificar saber a ciencia cierta que lo suscrito cumple con la normativa a nivel estructural y acústico, es decir, con el CTE-DB-SE Y CON EL CTE-DB-CA.

En el caso de una legalización dicho trámite se realizará con posterioridad a la obra y en el caso de una declaración responsable en tiempo y forma dicho trámite se realizará antes del comienzo de las mismas no otorgando el ayuntamiento la licencia hasta que se presente dicho certificado.

Dicho certificado o informe ha de ser realizado por un técnico competente como la figura del Arquitecto Técnico.

CERTASVAL ofrece dicho servicio a todo propietario que le sea requerido dicho trámite.

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